
Región de Murcia
CONSEJERIA DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Resolución CEC/SAE/SRE- 42/2005, de 20 de junio, de la Secretaría Autonómica de
Educación por la que se convocan pruebas de
acceso a las enseñanzas de Arte Dramático y
se dictan instrucciones sobre admisión y
matrícula en la Escuela Superior de Arte
Dramático de Murcia para el curso
académico 2005-2006.
La Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de
1 de agosto de 1992, por la que se aprueba el currículo
de las enseñanzas de Arte Dramático (BOE del 25), establece
en su apartado undécimo que la prueba de acceso
a dichos estudios se celebrará durante el mes de
septiembre.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 43 y
44 del Decreto 126/2002, de 18 de octubre, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación y Cultura (BORM de 7 de noviembre) a la Secretaría
Sectorial de Cultura y Enseñanzas de Régimen
Especial le competen las actuaciones que en materia
de enseñanzas de Régimen Especial tiene atribuidas
la Comunidad Autónoma. Tras la última reestructuración
de la Consejería, corresponde al Secretario Autonómico
de Educación el ejercicio de las mencionadas
competencias.
Siendo necesario convocar pruebas de acceso a
estas enseñanzas en la Escuela Superior de Arte Dramático
de Murcia para el curso 2005-2006, y en virtud
de las atribuciones que me confieren el artículo tercero,
apartado primero, y la disposición transitoria primera
del Decreto 51/2005, de 13 de mayo, por el que se establecen
los Órganos Directivos de la Consejería de Educación
y Cultura (BORM del 14)
R e s u e l v o
Primero.- Convocatoria de pruebas de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático.
1. Se convocan pruebas de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático reguladas en los artículos 43 a 45 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, para el curso académico 2005-2006.
2. El procedimiento de acceso y el subsiguiente proceso de adjudicación de plazas en la referida Escuela Superior se atendrán a lo establecido en los apartados décimo a decimosexto de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 1 de agosto de 1992, por la que se establece el currículo de las enseñanzas de Arte Dramático, y a lo dispuesto en esta Resolución. En el plazo de dos días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, la Escuela Superior de Arte Dramático publicará en su tablón de anuncios copia de los citados apartados y de esta convocatoria.
3. Las pruebas de acceso tendrán lugar a partir del 7 de septiembre de 2005 y se referirán a las siguientes especialidades:
- Dirección de Escena y Dramaturgia (opción Dirección Escénica)
- Interpretación (opciones Textual y Musical).
4. Las pruebas de acceso se celebrarán en la Escuela Superior de Arte Dramático, calle Apóstoles, número 2, de Murcia (código postal 30001).
5. La superación de las pruebas de acceso que aquí se convocan faculta únicamente para matricularse el curso académico 2005-2006, siempre que existan en la Escuela Superior de Arte Dramático plazas disponibles para la especialidad de que se trate.
Segundo.- Requisitos de los candidatos.
1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático deberán estar en posesión del título de Bachiller de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, o haber superado el Curso de Orientación Universitaria.
2. No obstante lo anterior, quienes no cumplan el citado requisito académico podrán optar al acceso a estas enseñanzas mediante la prueba que se determina en el apartado cuarto (puntos 1.1.2 y 1.2) de esta Resolución. Para el acceso por esta vía será preciso que el aspirante haya cumplido veinte años y no haya superado el bachillerato o estudios equivalentes.
3. Quienes en el momento de su inscripción en la prueba de acceso se encuentren realizando el último curso del bachillerato deberán presentar, en la Secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático y antes del inicio de las pruebas de acceso, acreditación de que cumplen el requisito académico indicado en el punto 1 de este apartado. De no hacerlo así, sólo se les permitirá optar al acceso en las condiciones que señala el punto 2.
Tercero.- Solicitudes de inscripción: modelos, lugar y plazo de presentación.
1. Quienes deseen tomar parte en la prueba de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático deberán presentar, en la Secretaría de la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia, una solicitud ajustada al modelo del anexo I a esta Resolución. Las solicitudes podrán presentarse directamente o a través de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 16 de junio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Sin perjuicio de lo que indica el punto 3 del apartado segundo de esta Resolución, las solicitudes se presentarán acompañadas de los siguientes documentos:
a) Original y fotocopia, para compulsa, del documento nacional de identidad, del pasaporte o de la tarjeta de residencia.
b) Resguardo acreditativo de haber satisfecho las correspondientes tasas de inscripción en la prueba de acceso.
c) En su caso, original y fotocopia, para compulsa, del título de Bachiller de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, o del resguardo de haberlo solicitado; o bien certificación académica personal acreditativa de haber superado el Curso de Orientación Universitaria.
3..- Los candidatos que no cumplan el requisito de titulación académica (punto 2 del apartado segundo), deberán presentar, junto a la solicitud de inscripción, una memoria justificativa de los trabajos y actividades realizados en el área de la especialidad a la que desean acceder.
4. Las solicitudes podrán presentarse desde el día de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 5 de septiembre de 2005, inclusive.
Cuarto.- Composición de las pruebas de acceso
1. De conformidad con lo que establecen los apartados duodécimo y decimocuarto de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 1 de agosto de 1992, las pruebas de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático constarán de los dos ejercicios siguientes:
1.1 Primer ejercicio.- Será común para todas las especialidades, se realizará por escrito y tendrá carácter eliminatorio. En función de que los candidatos cumplan o no los requisitos de titulación académica, consistirá en lo siguiente:
1.1.1 Para candidatos que cumplan el requisito de titulación académica (punto 1 del apartado segundo).- Análisis de un fragmento de una obra perteneciente a la literatura dramática en lengua castellana, propuesto por el tribunal. A partir del texto sometido a análisis, el tribunal podrá plantear a los aspirantes cuestiones teóricas sobre el teatro como género, sus manifestaciones más importantes o personalidades relevantes de su historia.
El análisis deberá referirse a los elementos de contenido (tema, argumento, etc.) y de forma (estructura sintáctica, lenguaje, etc.) que supongan caracteres pertinentes en la constitución del texto, con una especial atención a los aspectos específicos del género dramático (construcción de personajes, valor que adquieren el tiempo y el espacio, sistema de las acotaciones y su importancia en el drama, etc.) y al contexto histórico, social y artístico de la obra a la que pertenece el fragmento.
Los aspirantes dispondrán de dos horas para la realización del ejercicio, que tiene por objeto evaluar la madurez y conocimientos del aspirante por medio de la comprensión de conceptos, la claridad expositiva, la correcta utilización del lenguaje, la capacidad para relacionar y sintetizar y la adecuada contextualización del fragmento analizado en relación con las principales características del género al que pertenezca la obra y con los aspectos históricos, sociales y artísticos relacionados con ella.
Este primer ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos y se superará con una puntuación igual o superior a 5 puntos. Para elaborar la calificación se ponderará con un 70% la puntuación del análisis escrito y con un 30% la que se obtenga en las preguntas que realice el tribunal.
1.1.2 Para candidatos que no cumplan el requisito de titulación académica (punto 2 del apartado segundo).- Exposición oral de los trabajos y actividades realizados por el aspirante en el área de la especialidad correspondiente, seguido de un debate con el tribunal en el que éste podrá formular las preguntas que considere oportunas para la adecuada evaluación de la madurez intelectual, formación teatral y actividades desarrolladas.
Concluida la exposición oral, y a la vista de la memoria justificativa presentada por el candidato (punto 3 del apartado Tercero), si el tribunal lo estima conveniente, podrá plantearle diversas preguntas o aspectos sobre los que se desarrollaría un debate. Caso de ser así, el aspirante dispondrá de 30 minutos para elaborar un guión-resumen de sus respuestas, que será entregado al tribunal; seguidamente, éste debatirá con el candidato sobre las preguntas o aspectos anunciados.
Este ejercicio tiene por finalidad comprobar que los aspirantes poseen tanto la madurez intelectual y humana como los conocimientos, aptitudes y habilidades necesarias para cursar con aprovechamiento la especialidad a la que solicitan acceder.
Este primer ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos y se superará con una puntuación igual o superior a 5 puntos.
1.2 Segundo ejercicio.- Será común para todos los candidatos, cumplan o no el requisito de titulación académica, tendrá carácter eliminatorio y consistirá, para cada una de las especialidades, en lo siguiente:
1.2.1 Especialidad de Dirección de Escena y Dramaturgia.- Análisis de un texto teatral propuesto por el tribunal y realización de una propuesta de traducción escénica del mismo.
El análisis deberá incluir un estudio de los personajes; la plasmación escénica se referirá a intención dramática, acciones y movimiento escénico, bocetos de planta y alzado del espacio escénico, música y/o efectos de sonido necesarios para configurar el espacio sonoro e iluminación. Al finalizar el ejercicio y durante un período que no exceda de 30 minutos, el tribunal podrá realizar preguntas para completar su evaluación de las aptitudes del aspirante.
Los aspirantes dispondrán de tres horas para el desarrollo de este ejercicio.
En la evaluación de este ejercicio se tendrán en cuenta las capacidades de análisis y síntesis del aspirante, así como su creatividad en la plasmación escénica del texto analizado y la adecuación técnica de sus planteamientos.
Este segundo ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos y se superará con una puntuación igual o superior a 5 puntos.
1.2.2 Especialidad de Interpretación.- Desarrollo de cuatro propuestas prácticas relacionadas con las áreas de expresión corporal, danza y/o movimiento, voz y/o canto e interpretación textual, durante las cuales el tribunal podrá dar a los aspirantes las instrucciones sobre ejecución que estime oportunas y plantearles las preguntas que considere pertinentes. Las propuestas podrán ser distintas en función de la opción preferencial elegida por el aspirante.
Previamente al ejercicio, los aspirantes participarán necesariamente en tres sesiones preparatorias a cargo de profesores de la Escuela Superior de Arte Dramático.
Para cada una de las áreas arriba mencionadas, la Escuela Superior de Arte Dramático hará públicas, antes del 16 de julio de 2004, una relación de obras o fragmentos de obras sobre las que podrá versar este ejercicio, en cuya evaluación se tendrán en cuenta las capacidades expresivas y corporales del candidato.
Este segundo ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos y se superará con una puntuación igual o superior a 5 puntos.
2. La Escuela Superior de Arte Dramático fijará y hará públicos en su tablón de anuncios, antes del 15 de julio de 2005, los criterios generales de valoración de las pruebas de acceso.
Quinto- Calificación global de las pruebas de acceso.
La calificación global, tanto para quienes reúnan los requisitos académicos necesarios como para los que no, resultará de la media aritmética de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios que las integran.
Sexto.- Tribunales de las pruebas de acceso.
1. El nombramiento de los tribunales que han de juzgar las pruebas de acceso se atendrá a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 1 de agosto de 1992. La composición de los tribunales se hará pública con al menos cinco días de antelación respecto a la fecha de inicio de las pruebas.
2. Los tribunales podrán contar con el asesoramiento de especialistas para la valoración de los ejercicios que componen la prueba de acceso.
3. Cada tribunal levantará acta del resultado de las pruebas, según el modelo que se incluye como anexo II a esta Resolución. Las actas incluirán a la totalidad de aspirantes presentados, consignando sus apellidos, nombre, número de su documento de identificación y calificación global obtenida.
4. Las actas se harán públicas en el tablón de anuncios de la Escuela Superior de Arte Dramático, como muy tarde, el día hábil siguiente al de conclusión de las sesiones de los correspondientes tribunales.
Séptimo.- Calendario de desarrollo de las pruebas de acceso.
1. La Escuela Superior de Arte Dramático hará públicos en su tablón de anuncios, antes del 6 de septiembre de 2005, las fechas y horarios concretos de celebración de las pruebas de acceso y tendrá copias de esta información a disposición de los aspirantes.
2. En los casos en que la intervención de los aspirantes deba producirse sucesivamente, la Escuela fijará horarios escalonados para el llamamiento de los mismos, al menos con veinticuatro horas de antelación.
3. Los aspirantes serán convocados a los distintos ejercicios en llamamiento único. La falta de concurrencia a cualquiera de estos llamamientos, salvo por causa de fuerza mayor debidamente acreditada y apreciada libremente por el tribunal evaluador, supondrá la exclusión del aspirante no presentado, que no podrá invocar posteriormente derecho alguno para la realización del ejercicio correspondiente ni para la obtención de plaza en la Escuela.
Octavo.- Reclamaciones y recursos contra las calificaciones.
1. Contra la calificación otorgada en la prueba de acceso podrá reclamarse ante el director de la Escuela Superior de Arte Dramático en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de las actas.
2. Recibida la reclamación, el director convocará de inmediato al correspondiente tribunal para que informe razonadamente sobre la reclamación en el plazo adicional de dos días hábiles. A la vista del informe, el director resolverá sobre la reclamación y publicará su resolución en el tablón de anuncios de la Escuela el día hábil siguiente, haciendo constar la posibilidad de recurso que se indica en el punto tercero de este apartado.
3. Contra la resolución del director de la Escuela cabrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Sectorial de Cultura y Enseñanzas de Régimen Especial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la resolución del director en el tablón de anuncios. En su caso, el recurso de alzada se presentará en el registro de la Escuela Superior de Arte Dramático, debiendo ésta remitirlo a la citada Secretaría Sectorial en el plazo de dos días hábiles, acompañado de un informe del Director y de la documentación correspondiente. La interposición del recurso de alzada, que agota la vía administrativa, no paralizará el procedimiento de adjudicación de plazas que resulte de las pruebas de acceso.
Noveno.- Oferta y adjudicación de plazas. Formalización de la matrícula por los nuevos alumnos.
1. Antes del 15 de julio de 2005, la Escuela Superior de Arte Dramático elevará a la Secretaría Sectorial, para su aprobación, si procede, propuesta de vacantes disponibles en cada especialidad para el curso 2005-2006. La relación de vacantes que resulte aprobada se publicará en el tablón de anuncios de la Escuela
2. Sólo podrán optar a plaza en la Escuela, con la limitación de las vacantes ofertadas por ésta, los aspirantes cuya calificación en la prueba de acceso sea igual o superior a cinco puntos.
3. Las plazas vacantes en cada especialidad serán adjudicadas a los aspirantes según el orden de mayor a menor calificación global obtenida en la prueba de acceso, hasta agotar las vacantes o, en su caso, los aspirantes con calificación igual o superior a cinco puntos. Las listas de alumnos a los que se adjudique plaza en cada especialidad se publicarán en el tablón de anuncios de la Escuela.
4. De conformidad con lo dispuesto en los puntos 1 y 2 del artículo 18 del Real Decreto 754/1992, cuando la demanda de plazas en una determinada especialidad sea superior a las vacantes disponibles, para la adjudicación de éstas se considerarán prioritariamente las solicitudes de los alumnos que hayan superado la prueba de acceso en la Escuela Superior de Arte Dramático de Murcia. Sólo en el caso de que queden vacantes tras atender a éstos se podrá adjudicar plazas a quienes hayan superado la prueba de acceso en un centro distinto.
5. A partir del día siguiente al de la publicación de las listas definitivas de admitidos, se abrirá un plazo de cinco días hábiles para que los nuevos alumnos formalicen la matrícula, sin perjuicio de la obligación de los nuevos alumnos de incorporarse a las actividades lectivas si, de acuerdo con el calendario escolar, las mismas diesen comienzo antes del final de dicho plazo.
La no formalización de la matrícula conllevará la exclusión del nuevo alumno y su renuncia a la plaza que le haya sido adjudicada.
Décimo.- Plazos de matrícula para los actuales alumnos oficiales.
Los actuales alumnos de la Escuela Superior de Arte Dramático formalizarán su matrícula en los siguientes plazos:
a) Alumnos que superen todas las asignaturas en la convocatoria de junio: podrán hacerlo durante la última semana del mes de junio y la primera del mes de julio. Asimismo, podrán matricularse durante la primera quincena del mes de septiembre.
b) Alumnos que deban concurrir a la convocatoria de septiembre: durante los cinco días hábiles siguientes a la publicación de las calificaciones.
Este segundo período de matrícula se entiende sin perjuicio de la obligación que tienen los alumnos de incorporarse a las actividades lectivas si, de acuerdo con el calendario escolar, las mismas se iniciasen antes del final del mismo.
La no formalización de la matrícula conllevará la exclusión del alumno y su renuncia a la plaza que ocupase en la Escuela.
Undécimo - Días inhábiles.
Con independencia de los días establecidos como inhábiles con carácter general, a los efectos de la presente Resolución no serán contabilizados como hábiles los sábados y las fiestas locales de la ciudad de Murcia
Duodécimo.- Recursos contra esta Resolución.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Cultura, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Murcia, a 20 de junio de 2005
el secretario sectorial de educación Luis Navarro Candel
ANEXO I
ESCUELA SUPERIOR DE ARTE DRAMÁTICO DE MURCIA
Curso 2005 - 2006
Inscripción en la prueba de acceso a las
enseñanzas de Arte Dramático
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Especialidad: |
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Opción preferencial: |
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Convocatoria de septiembre de 2005 |
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1. Datos del aspirante: |
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DNI /pasaporte/tarj. resid. núm.1: |
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Apellidos: |
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Nombre: |
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Fecha de nacimiento: |
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Domicilio: |
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Localidad: |
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Cód. postal: |
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Teléfono: |
Fax: |
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Correo electrónico: |
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2. Documentación que se acompaña:
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a) Acreditativa de la identidad: |
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b) Resguardo del pago de tasas de inscripción: |
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c) Título de Bachiller / Certificado de COU: 1 |
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Memoria (*) |
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(*) Si el aspirante no presenta alguno de los documentos reseñados en c), sólo podrá concurrir a la prueba de acceso en las condiciones del apartado segundo.2 de la presente Resolución . En este caso, deberá presentar una memoria, tal y como se contempla en el punto 3 del apartado Tercero. |
El aspirante solicita su inscripción en la prueba de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático en la especialidad reseñada.
Murcia, a .......... de .................................... de 2005.
Fecha de entrada
y sello del centro (Firma)
1 Táchese lo que no proceda
ANEXO II
ESCUELA SUPERIOR DE ARTE DRAMÁTICO DE MURCIA
Curso 2005 - 2006
Acta de la prueba de acceso a las enseñanzas de Arte Dramático
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Especialidad: |
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Convocatoria de septiembre de 2005 |
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Núm. |
Apellidos y nombre |
D.N.I.* |
Calificación |
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* O pasaporte o tarjeta de residencia
Los interesados podrán reclamar contra las calificaciones otorgadas, ante el director de la Escuela, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de este acta.
Murcia, .......... de septiembre de 2005.
|
El Presidente
Fdo............................................................. |
El Secretario
Fdo............................................................ |
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Fdo............................................... |
Los Vocales
Fdo............................................... |
Fdo............................................... |
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Hoja ....... de ........